Publicidad de abogados. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Read this site in English →
León de Dudani Law Dudani Law Defensa Agresiva. Resultados Estratégicos.
← Todas las Áreas de Práctica

Abogados de Discriminación por Edad al Servicio de Nueva York y Nueva Jersey

Su experiencia debería ser una ventaja, no un blanco.

Cuando usted va a trabajar, su experiencia, sus habilidades y su desempeño deberían hablar por sí solos. Su edad no.

$35M+ recuperados por Jitesh Dudani desde 2023 No paga honorarios a menos que recuperemos para usted Consulta gratuita y confidencial

Conozca sus Derechos

Lo que usted necesita saber.

La discriminación por edad en el lugar de trabajo es ilegal, y sin embargo sigue siendo una de las formas más comunes de discriminación laboral. Puede aparecer en una decisión de contratación, un recorte de personal, un ascenso que nunca llega o un ambiente de trabajo que hace sentir a los empleados mayores indeseados y empujados hacia la salida. Si cree que su empleador lo ha tratado de manera diferente por su edad, los abogados de Dudani Law están listos para ayudarlo. Representamos a empleados de Nueva York y Nueva Jersey que han sufrido discriminación por edad en el trabajo.

Lo que suelen vivir nuestros clientes

Nuestros clientes mayores suelen estar entre las personas con más experiencia de sus equipos, justo hasta que una reestructuración les pone un blanco en la espalda. Escuchan comentarios sobre la energía, la jubilación o el ritmo, y luego ven cómo colegas más jóvenes y más baratos ocupan su lugar. Llegan a nosotros preguntándose si de verdad fue por la edad. Con frecuencia, la cronología cuenta la historia.

¿Qué es la discriminación por edad en el empleo?

La discriminación por edad ocurre cuando un empleador toma una acción laboral adversa contra un empleado o candidato a causa de su edad. Puede ser directa y abierta, o sutil y sistémica. Los ejemplos comunes incluyen:

  • Despidos o recortes de personal dirigidos a trabajadores mayores
  • Negativa a contratar por la edad
  • Denegación de ascensos en favor de empleados más jóvenes y con menos experiencia
  • Salarios o beneficios desiguales ligados a la edad
  • Acoso por edad o ambiente laboral hostil
  • Jubilación forzada o bajo presión
  • Evaluaciones de desempeño negativas motivadas por sesgo de edad y no por el desempeño real

Los empleadores rara vez anuncian una intención basada en la edad. Con más frecuencia, la discriminación por edad se esconde detrás de razones declaradas como reestructuraciones, problemas de desempeño o restricciones de presupuesto. Identificar y probar la discriminación por edad requiere una investigación cuidadosa de los hechos, y un abogado laboral con experiencia puede marcar una diferencia significativa en su capacidad de construir ese caso.

Señales de que podría tener un caso

  • Lo despidieron en una "reestructuración" mientras conservaban a trabajadores más jóvenes en puestos similares.
  • Un gerente bromeó sobre su "energía", sus "planes de jubilación" o si puede "seguir el ritmo".
  • Lo reemplazaron con alguien significativamente más joven y con menos experiencia.
  • Evaluaciones repentinamente negativas sustituyeron años de valoraciones sólidas.
  • Lo presionaron a aceptar un paquete de "jubilación anticipada" o le preguntaron cuándo planea jubilarse.
  • La capacitación, los viajes o los proyectos de crecimiento dejaron de llegarle a usted y empezaron a ir al personal más nuevo.

Leyes que lo protegen

Ley federal: la Age Discrimination in Employment Act (ADEA)

La ley federal Age Discrimination in Employment Act (ADEA) prohíbe a los empleadores con 20 o más empleados discriminar a los trabajadores de 40 años o más. La ADEA cubre todos los aspectos del empleo, incluyendo contratación, despido, salario, asignaciones de trabajo, ascensos, recortes de personal, capacitación y beneficios. La ADEA fue enmendada por la Older Workers Benefit Protection Act (OWBPA), que otorga protecciones adicionales a los trabajadores mayores, incluyendo requisitos de que los empleadores sigan procedimientos específicos antes de pedirle a un trabajador que renuncie a sus derechos bajo la ADEA en relación con un acuerdo de indemnización. Si usted tiene 40 años o más y le han pedido firmar un acuerdo de indemnización, debería consultar a un abogado antes de hacerlo.

Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York (NYSHRL)

La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York (NYSHRL) prohíbe la discriminación por edad por parte de cualquier empleador del Estado de Nueva York con uno o más empleados. La NYSHRL extiende sus protecciones a trabajadores desde los 18 años, lo que la hace considerablemente más amplia que la ADEA federal en cuanto a quién está cubierto. Si usted trabaja fuera de la ciudad de Nueva York o su empleador es demasiado pequeño para estar cubierto por la ADEA, la NYSHRL aún puede ofrecerle una protección significativa.

Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (NYCHRL)

La Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (NYCHRL) es uno de los estatutos antidiscriminatorios más amplios del país y prohíbe la discriminación por edad en el empleo para trabajadores mayores de 18 años. El estándar para establecer un reclamo bajo la NYCHRL es más favorable a los empleados que bajo la ley federal o estatal: al trabajador le basta demostrar que fue tratado menos favorablemente que otros empleados por su edad, y que ese trato diferenciado fue más que algo trivial o insignificante. Las cortes están obligadas a interpretar la NYCHRL de manera amplia a favor de los demandantes.

Ley contra la Discriminación de Nueva Jersey (NJLAD)

La Ley contra la Discriminación de Nueva Jersey (NJLAD) prohíbe la discriminación por edad en todos los aspectos del empleo y aplica a empleadores de todos los tamaños. A diferencia de la ADEA, la NJLAD no limita sus protecciones a los trabajadores de 40 años o más; protege a los trabajadores desde los 18 años. Además, Nueva Jersey eliminó la disposición legal anterior que permitía a los empleadores negarse a contratar o ascender a personas mayores de 70 años, de modo que las protecciones de la NJLAD no tienen límite superior de edad.

Tipos de reclamos por discriminación por edad

Trato desigual

El trato desigual ocurre cuando un empleador trata intencionalmente a un empleado de manera menos favorable por su edad. Por ejemplo, si usted es un empleado de 58 años al que pasaron por alto para un ascenso en favor de un colega significativamente más joven y con menos experiencia, y la edad fue un factor motivador en esa decisión, puede tener un reclamo por trato desigual. Bajo la ADEA, el estándar de causalidad exige demostrar que la edad fue la causa determinante ("but-for") de la acción adversa, un listón más alto que bajo la ley estatal y local. La NYCHRL y la NJLAD aplican estándares más favorables para los empleados.

Reducciones de personal y despidos dirigidos

La discriminación por edad aflora con frecuencia en las reestructuraciones corporativas y las reducciones de personal. Cuando un número desproporcionado de los empleados seleccionados para el despido son trabajadores mayores, ese patrón puede ser evidencia de discriminación por edad, incluso si el empleador presenta la decisión como puramente empresarial. La OWBPA otorga protecciones adicionales en estas situaciones, incluyendo la obligación de que los empleadores revelen información sobre las edades y los puestos de otros empleados seleccionados o no seleccionados para un programa de despidos cuando piden a los trabajadores mayores renunciar a sus reclamos bajo la ADEA.

Ambiente laboral hostil

El acoso basado en la edad puede dar lugar a un reclamo por ambiente laboral hostil. Puede tratarse de comentarios despectivos reiterados sobre la edad de un empleado, bromas que insinúan que los trabajadores mayores están desconectados o deberían jubilarse, o un patrón de trato que vuelve el lugar de trabajo hostil o denigrante por razón de edad. Bajo la NYCHRL, el acoso no necesita ser grave ni generalizado; basta con que someta al empleado a términos o condiciones de empleo inferiores por su edad. La ley federal y la estatal exigen demostrar un nivel mayor de gravedad o frecuencia.

Jubilación forzada o bajo presión

Un empleador no puede forzar ni presionar a un empleado a jubilarse por su edad. Tanto bajo la ADEA como bajo la NJLAD, las políticas de jubilación obligatoria están generalmente prohibidas salvo en circunstancias muy limitadas. Si le han dicho, directa o indirectamente, que es hora de jubilarse, o si le ofrecieron un paquete de jubilación anticipada en condiciones que se sintieron coercitivas, debería hablar con un abogado sobre sus derechos.

Cómo documentar

  • Un registro privado de los comentarios sobre la edad, quién los dijo y quién estaba presente.
  • Evaluaciones de desempeño, en especial las que de pronto se vuelven negativas.
  • Documentos de selección para despidos, paquetes de indemnización y cualquier divulgación bajo la OWBPA.
  • Publicaciones de empleo, vacantes internas e información sobre quién fue contratado, ascendido o retenido.
  • Información demográfica sobre quiénes fueron seleccionados en una reducción de personal.

Acuerdos de indemnización y la OWBPA

Si su empleador le ofrece un acuerdo de indemnización que le pide renunciar a reclamos bajo la ADEA, la OWBPA exige protecciones específicas: deben darle al menos 21 días (o 45 días en un despido colectivo) para considerar el acuerdo, deben aconsejarle por escrito que consulte a un abogado, y deben darle siete días para revocarlo después de firmar. No firme un acuerdo de indemnización que renuncie a reclamos bajo la ADEA sin la revisión de un abogado.

Las represalias son una infracción aparte

Las represalias contra empleados que denuncian discriminación por edad o participan en una investigación relacionada están prohibidas bajo la ADEA, la NYSHRL, la NYCHRL y la NJLAD. Si experimenta cualquier cambio adverso en su situación laboral después de presentar una queja, como una degradación, una reducción de horas, una reasignación o un despido, documente esos cambios con cuidado y consulte a un abogado de inmediato.

¿Qué daños puedo recuperar?

  • Salarios atrasados por los sueldos y beneficios perdidos desde la acción adversa.
  • Salarios futuros por los ingresos que habría recibido de no ser por la discriminación.
  • Daños liquidados, disponibles bajo la ADEA por infracciones deliberadas, iguales al monto de los salarios atrasados otorgados.
  • Daños compensatorios, incluyendo angustia emocional y sufrimiento mental (sin tope bajo la NYSHRL, la NYCHRL y la NJLAD).
  • Daños punitivos, disponibles en casos de conducta atroz bajo la NYCHRL y la NJLAD.
  • Honorarios de abogados y costas.

Por qué los clientes eligen a Dudani Law

  • Vemos el patrón. Los casos de edad suelen esconderse detrás de la "reestructuración" y el "desempeño", y sabemos cómo exponer el pretexto.
  • Protegemos sus derechos de indemnización. Revisamos las renuncias bajo la OWBPA antes de que usted firme nada.
  • Usamos todas las leyes. La ADEA, la NYSHRL, la NYCHRL y la NJLAD, la que le dé el terreno más firme.
  • No paga honorarios a menos que ganemos. Manejamos los casos de discriminación por edad con honorarios de contingencia.

Preguntas frecuentes

¿Estoy protegido contra la discriminación por edad si tengo menos de 40 años?

Depende de dónde trabaje. La ADEA federal solo protege a los trabajadores de 40 años o más. Sin embargo, si trabaja en Nueva York o Nueva Jersey, la NYSHRL, la NYCHRL y la NJLAD protegen contra la discriminación por edad a los trabajadores desde los 18 años.

¿Qué debo hacer si creo que me están discriminando por mi edad?

Documente todo. Lleve un registro de los incidentes, incluyendo fechas, horas, lugares, las personas involucradas y lo que se dijo o se hizo. Preserve cualquier correo, mensaje de texto u otra comunicación que refleje comentarios o decisiones relacionados con la edad. Si su empleador tiene un departamento de Recursos Humanos, considere si presentar una queja interna, entendiendo que hacerlo crea un registro y también puede generar riesgos de represalias que su abogado puede ayudarlo a manejar. Contacte a un abogado laboral lo antes posible.

¿Puede mi empleador tomar represalias contra mí por quejarme de discriminación por edad?

No. Las represalias contra empleados que denuncian discriminación por edad o participan en una investigación relacionada están prohibidas bajo la ADEA, la NYSHRL, la NYCHRL y la NJLAD. Si experimenta cualquier cambio adverso en su situación laboral después de presentar una queja, como una degradación, una reducción de horas, una reasignación o un despido, documente esos cambios con cuidado y consulte a un abogado de inmediato.

Me despidieron en una reestructuración de la empresa. ¿Podría ser discriminación por edad?

Podría serlo. Las reducciones de personal son un vehículo común para la discriminación por edad. Si usted estuvo entre un grupo de trabajadores mayores seleccionados de forma desproporcionada para el despido, o si se retuvo a empleados más jóvenes en puestos similares, ese patrón puede respaldar un reclamo. Además, si le pidieron firmar un acuerdo de indemnización que renuncia a sus reclamos por discriminación por edad, debería revisar ese acuerdo con un abogado antes de firmar. La ley otorga derechos y plazos de espera específicos a los trabajadores de 40 años o más en este contexto.

Mi empleador hace comentarios constantes de que soy "demasiado viejo" o de que "ya pasé mi mejor momento". ¿Puedo demandar por eso?

Los comentarios sobre la edad pueden ser evidencia de intención discriminatoria y pueden por sí mismos dar lugar a un reclamo por ambiente laboral hostil, en particular bajo la NYCHRL y la NJLAD. Incluso si los comentarios no alcanzan el nivel de un reclamo independiente, pueden fortalecer significativamente un caso más amplio de discriminación por edad. Lleve un registro detallado de esos comentarios, incluyendo cuándo se hicieron, quién los hizo y quién estaba presente.

¿Puedo presentar un reclamo si mi empleador tiene menos de 20 empleados?

Sí. La ADEA aplica a empleadores con 20 o más empleados, pero la NYSHRL cubre a empleadores desde un solo empleado en Nueva York, y la NJLAD aplica a todos los empleadores de Nueva Jersey sin importar su tamaño. Los empleadores pequeños no están exentos de responsabilidad bajo la ley estatal.

Áreas de Práctica Relacionadas

Estos reclamos suelen ir de la mano. Si algo de esto le resulta familiar, vale la pena revisarlo.

Hable con un abogado hoy mismo.

Su consulta inicial es gratuita y confidencial. Trabajamos con honorarios de contingencia, así que usted no paga honorarios de abogado a menos que recuperemos para usted.

“Jitesh es un negociador excepcional: estratégico, sereno y siempre varios pasos adelante.”

Reseña de Cliente · Traducida del inglés

Preguntas Frecuentes

Preguntas que escuchamos todos los días.

Si su pregunta no aparece aquí, llámenos. La consulta es gratuita, confidencial y sin ningún compromiso.

Me reemplazaron con alguien mucho más joven. ¿Eso basta para un caso?

Importa, y puede importar más de lo que usted cree. Miramos el panorama completo: a quién despidieron, quién se quedó, qué se dijo en las reuniones, qué alegan los documentos. Si el patrón apunta a la edad, usted puede tener un caso real. Cuéntenos la historia y le hablaremos con franqueza.

Mi gerente hace comentarios constantes sobre la jubilación. ¿Eso importa legalmente?

Sí. Cuándo se jubila. Necesitamos energía fresca. Puede seguirle el ritmo a los sistemas nuevos. Comentarios como estos son la forma en que el sesgo por edad se muestra, y pueden convertirse en evidencia de que la edad estaba detrás de las decisiones sobre su empleo.

¿Se enterará mi empleador de que hablé con un abogado?

No. Su llamada queda entre usted y nosotros. No contactamos a su empleador, no enviamos cartas anunciándonos, y nada avanza en su asunto hasta que usted nos diga que avancemos. Muchas personas llaman solo para entender sus opciones. Esa es una razón perfectamente válida para llamar.

¿Necesito pruebas antes de llamar?

No. Venga tal como está. Si tiene mensajes, correos, evaluaciones o nombres de compañeros que lo vieron, bien, consérvelos. Si no, su propio relato basta para empezar. Le diremos exactamente qué guardar y dónde buscar, y parte de la evidencia más fuerte suele estar de todos modos en los propios archivos del empleador.

¿Cuánto cuesta?

Nada. La consulta es gratuita y manejamos estos casos con honorarios de contingencia. Nuestros honorarios salen de lo que recuperamos para usted, así que si no hay recuperación, usted no nos debe honorarios. Nunca recibirá una factura por preguntar si tiene un caso.

¿Listo para Actuar?

Hable hoy con un abogado de discriminación por edad.

La discriminación por edad es ilegal, y usted no tiene por qué aceptarla como el costo de envejecer en el mundo laboral. Su consulta inicial es gratuita y confidencial, y manejamos los casos de discriminación por edad con honorarios de contingencia, lo que significa que no paga honorarios de abogado a menos que recuperemos para usted.

¿Prefiere no hablar por teléfono? Escriba a info@dudanilaw.com y le responderemos el mismo día.

Llame Ahora Consulta Gratuita